
Hace unos días la Cámara de Diputados sancionó la Ley de Etiquetado Frontal de los alimentos, lo que llevará en un tiempo más a que las empresas deberán utilizar este modo informativo para hacer conocer a los consumidores los nutrientes críticos en los envases, en su cara frontal.
Después de una serie de idas y vueltas que llevó a dos años de tratamiento, la ley se aprobó con 200 votos a favor, 22 en contra y 16 abstenciones. Los principales cuestionamientos planteados apuntaron a la dificultad de las exportaciones hacia países con otra metodología de información de etiquetado, a la dificultad de las PyMEs para cumplir con las nuevas medidas, y al plazo que tendrán las empresas en general para comenzar a presentar el nuevo packaging. Sin embargo, el plazo establecido dependerá de la publicación de las reglamentaciones finales, y de la prórroga que permitirá a las empresas la utilización del packaging que tengan en stock en este momento.
Las argumentaciones más fuertes en apoyo de la nueva ley se basaron en la ingesta de grasas, azúcares o sal en exceso de quienes no conocen con certeza la composición de los alimentos que consumen. Para facilitar el acceso a la información se dispuso la utilización de una etiqueta octogonal de color negro con letras blancas, que ocupará al menos el 5% del tamaño del envase en su cara frontal. Así el consumidor tendrá a su alcance la opción de elegir una alternativa saludable o no, mientras que las empresas podrán replantearse las fórmulas de su producción.
Esta ley no es una novedad en muchos países, como por ejemplo los de la Unión Europea. En el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) se estableció la necesidad de proteger a los consumidores con una reglamentación que permitiera la circulación de alimentos seguros y saludables. Uno de los procedimientos implementados fue el del etiquetado de los productos alimenticios envasados y de la descripción de sus propiedades nutritivas. El primer etiquetado nutricional frontal lo implementó Suecia en 1989 en forma voluntaria, país al que siguieron Noruega y Dinamarca en 2009.
En Latinoamérica Chile impulsó en 2016 el uso obligatorio de la simbología octogonal frontal advirtiendo el contenido de azúcares, grasas saturadas, sodio y/o calorías, mientras que Perú hizo otro tanto en 2018, y agregó cuándo se debe “evitar su consumo excesivo”.
En nuestro país la aprobación de la ley se basó entre otros conceptos en que la información clara y de fácil lectura permitirá que quienes tienen la necesidad de cumplir con tratamientos de salud por ejemplo frente a la hipertensión, a la diabetes, al colesterol, podrán encontrar sin dificultad el producto más saludable. También se hizo hincapié en el sobrepeso que se ha detectado en gran parte de la población infantil, que llega al 41% en aquellos de entre 5 y 17 años.